miércoles, 28 de abril de 2010

APERTURA DE LIQUIDACIÓN EN CONSCURSO DE OBRAS Y PROYECTOS 20R S.L.

El juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña


ANUNCIA

Que en el procedimiento concursal número 0000230/2009 referente al concursado OBRAS Y PROYECTOS 20R S.L. , por auto de fecha 9 de marzo de 2010 se ha acordado lo siguiente:


1.-Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal

Abrir de oficio la fase de liquidación de este concurso de acreedores de la entidad OBRAS Y PROYECTOS 20R S.L

2.-Declarar la disolución de la referida sociedad.

3.-Acordar que los administradores concursales designados en este procedimiento, procedan a la liquidación de la sociedad de conformidad con lo establecido en la ley, a cuyo fin deberán presentar en el plazo de QUINCE dias desde la notificación de la presente resolución, un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa de la concursada.

4 .- Fórmese la sección sexta de este procedimiento concursal, que comprenderá lo relativo a la calificación del concurso y sus efectos. Expídanse los testimonios precisos de los documentos y resoluciones a que se refiere el art. 167 de la LC.

Dentro de los DIEZ DIAS siguientes a la publicación de esta resolución en el B.O.E. cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección de calificación alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Dentro de los QUINCE DÍAS siguientes a la expiración del anterior plazo, sin necesidad de previa resolución judicial para el inicio de su cómputo, los administradores concursales presentarán un informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso, con propuesta de resolución.

5.- Dese publicidad a la presente resolución mediante la publicación de su parte dispositiva en el BOE, de forma gratuita


6.- Expídase mandamiento al Registrador Mercantil de Navarra, comprensivo de los datos de identificación y parte dispositiva de esta resolución a fin de que se proceda a la inscripción de lo acordado

Hágase entrega del mandamiento al Procurador de la solicitante de este concurso necesario, para que cuide de su diligenciamiento, cosa que deberá acreditar a este juzgado en el plazo de diez dias.

Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.

Firma del Magistrado-Juez Firma del Secretario




Esta resolución será apelable y tendrá la consideración de apelación más próxima a los solos efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a que se refiere el art. 197.3 (art. 98 párrafo segundo L.C.)





En Pamplona/Iruña , a 9 de marzo de 2010

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL