jueves, 29 de enero de 2009

PRESENTACIÓN DE INFORME POR LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DE LA MERCANTIL PETRA-ALTA S.L.

E D I C T O

El Juzgado de lo Mercantil de NAVARRA .


ANUNCIA


1.- Que en el procedimiento concursal número 0000474/2008 referente al deudor PETRA-ALTA SL , se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

2.-En resoluciòn de esta misma fecha se ha acordado comunicar la presentaciòn de dicho informe en el Tablón de anuncios del Juzgado, asi como en el BOE y en el DIARIO DE NOTICIAS

Dentro del plazo de DIEZ DIAS, computados dede el día siguiente a la última de las comunicaciones de este edicto en los medios indicados, cuyos destinatarios son todos los acreedores de la entidad concursada, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil..


3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.

Dado en Pamplona/Iruña , a 27 de enero de 2009 .

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL

CONCLUSIÓN CONCURSO CONSTRUCCIONES RAMOS SANTESTEBAN S.L.

EDICTO

El juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña


ANUNCIA

Que en el procedimiento concursal número 0000288/2006 referente al concursado CONSTRUCCIONES RAMOS SANTESTEBAN SL , por auto de fecha 15/01/2009 se ha acordado la conclusión del concurso, cuya parte dispositiva dice asi:

PARTE DISPOSITIVA


DECIDO:

1º.- Acordar la conclusión del concurso de acreedores de la entidad CONSTRUCCIONES RAMOS SANTESTEBAN SL

2º.- Declarar aprobadas las cuentas rendidas, por la Administración concursal

3º.- Inscríbase la presente resolución en la hoja abierta a la referida sociedad en el Registro Mercantil de Navarra.. A tal fin expídase mandamiento a dicho Registro Público con expresión de la firmeza de esta resolución.

4º.- Acordar la extinción de la referida sociedad y disponer el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Navarra, a cuyo efecto expídase Mandamiento al Registro Mercantil de Navarra nº 1 con expresión de su firmeza, comprensivo de los datos de identificación y parte dispositiva.

5º.- Publíquese la presente resolución mediante edictos que se anunciarán en el tablón de anuncios de ese juzgado.

Entréguense los despachos al Procurador de la concursada para que cuide de su curso y gestión.

viernes, 23 de enero de 2009

DECLARACIÓN DE CONCURSO. MAIA CAMPESTRI S.A. CIF B31559420

E D I C T O

EL JUZGADO DE LO MERCANTIL DE PAMPLONA/IRUÑA , EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 23 DE LA LEY CONCURSAL (LC),

A N U N C I A

1º.- Que en el procedimiento número 0000026/2009 , por auto de 19 DE ENERO DE 2009 se ha declarado en concurso de materia Voluntaria al deudor MAIA CAMPESTRI SL , con domicilio en CAÑETE, S/N y cuyo centro de principales intereses lo tiene en CORELLA .

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.


3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de QUINCE DIAS a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el/los periódicos DIARIO DE NOTICIAS .

4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).


En Pamplona/Iruña a 19 de enero de 2009


EL/LA SECRETARIO JUDICIAL

martes, 20 de enero de 2009

INCUMPLIMIENTO CONVENIO. JUAN BURGOS PAMPLONA S.A.

El juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña[e1]


ANUNCIA

Que en el procedimiento concursal número 0000035/2005 referente al concursado JUAN BURGOS PAMPLONA SA , por auto de fecha 13 de Enero de 2009 se ha acordado lo siguiente:



1.- La apertura de la fase de liquidación en el concurso de “JUAN BURGOS PAMPLONA S.A.”

2.- Declarar la disolución de la referida sociedad

3.- La situación del concursado durante la fase de liquidación será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el titulo III de la Ley Concursal.

4.- Acordar el cese de los administradores sociales y su sustitución por los administradores concursales designados en este procedimiento

5.- Reabrir la sección sexta de este procedimiento concursal, que comprenderá lo relativo a la calificación del concurso y sus efectos.

Dentro de los DIEZ , siguientes a la última publicación de esta resolución cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la Sección de Calificación alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

En Pamplona/Iruña , a 13 de enero de 2009

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL

lunes, 19 de enero de 2009

DECLARACIÓN DE CONCURSO. PEGSA S.L.

E D I C T O

EL JUZGADO DE LO MERCANTIL DE PAMPLONA/IRUÑA , EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 23 DE LA LEY CONCURSAL (LC),

A N U N C I A

1º.- Que en el procedimiento número 0000527/2008 , por auto de 19 De Enero de 2009 se ha declarado en concurso de materia Voluntaria al deudor PEGSA SL , con domicilio en C/San José s/n y cuyo centro de principales intereses lo tiene en CASTEJÓN (NAVARRA) .

2º.- El deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre los bienes, derechos y obligaciones de su patrimonio que hayan de integrarse en el concurso, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de la administración concursal mediante su autorización o conformidad

3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el QUINCE DIAS da contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el/los periódicos DIARIO DE NOTICIAS .

4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).


En Pamplona/Iruña a 19 de enero de 2009


EL/LA SECRETARIO JUDICIAL


RECTIFICACIÓN DE ERROR

En fecha 27 de enero de 2009 se ha dictado auto por el que se rectifica el error material padecido al designar la localidad de domicilio del concursado:

Se SUBSANA, por la presente, el error apreciado en el el Fundamento Segundo del auto declarando el concurso de la mercantil “PEGSA, S.L”, respecto al domicilio de dicha empresa, que en realidad se encuentra en la C/San José s/n. de CASTEJON (NAVARRA), y no en Marcilla, como en dicho auto se señaló



DECLARACIÓN DE CONCURSO. CONSTRUCCIONES FITERO MARCILLA S.L.

E D I C T O

EL JUZGADO DE LO MERCANTIL DE PAMPLONA/IRUÑA[E1] , EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 23 DE LA LEY CONCURSAL (LC),

A N U N C I A

1º.- Que en el procedimiento número 0000525/2008 , por auto de 16 de Enero de 2009 se ha declarado en concurso de materia Voluntaria al deudor CONSTRUCCIONES FITERO MARCILLA S.L. , con domicilio en PLAZA AUROROS DE MARCILLA, 3 y cuyo centro de principales intereses lo tiene en - MARCILLA- (NAVARRA) .

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.


3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el QUINCE DIAS da contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el/los periódicos Diario de Noticias .

4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).


En Pamplona/Iruña a 16 de enero de 2009



EL/LA SECRETARIO JUDICIAL

jueves, 15 de enero de 2009

CONCURSO CONCLUIDO

E D I C T O

EL JUZGADO DE LO MERCANTIL DE PAMPLONA/IRUÑA , EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 23 DE LA LEY CONCURSAL (LC),

A N U N C I A

Que en el procedimiento número 0000328/2008 , por auto de 13 de enero de 2008 se ha acordado lo siguiente:

1º) La conclusión del concurso voluntario de acreedores de la entidad AREA COMERCIAL ENSANCHE DE PAMPLONA S.L

2º) El cese del administrador concursal y de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor concursado.

3º) La inscripción de la resolución en la hoja abierta a la referida sociedad en el Registro Mercantil de Navarra.

4) La extinción de la referida sociedad y el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Navarra

En Pamplona/Iruña a 13 de enero de 2009

DECLARACIÓN DE CONCURSO. RIBERTPINT S.L.

E D I C T O

EL JUZGADO DE LO MERCANTIL DE PAMPLONA/IRUÑA , EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 23 DE LA LEY CONCURSAL (LC),

A N U N C I A

1º.- Que en el procedimiento número 0000531/2008 , por auto de 14 de enero de 2009 se ha declarado en concurso de materia Voluntaria al deudor RIBERTPINT S.L. , con domicilio en CINTRUÉNIGO (NAVARRA), POLÍGONO INDUSTRIAL C/F, 15 y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Cintruénigo .

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el QUINCE DIAS a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el periódico DIARIO DE NOTICIAS.-

4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).


En Pamplona/Iruña a 14 de enero de 2009



EL/LA SECRETARIO JUDICIAL

SUBASTA. TERRENO Y NAVE INDUSTRIAL EN OLAZAGUTÍA. NAVARRA.

EMPRESA CONCURSADA : BERGARA ARMENTIA S.L.

EDICTO

D./Dña. RESURRECCION GANUZA JACOISTI , SECRETARIO DEL Juzgado de lo Mercantil Nº 1 DE Pamplona/Iruña

HAGO SABER: Que en este órgano judicial se siguen autos de Concursal ordinario , bajo el número 0000416/2007 , en el que se ha acordado sacar a pública subasta los bienes inmuebles que se describen en el cuerpo de este Edicto, que han sido valorados INICIALMENTE para la subasta en: 703.587,44 EUROS señalándose para que tenga lugar el acto en las Sala de Audiencia de este juzgado , Sala nº 13.- 1ª planta del Palacio de Justicia, C/San Roque nº 4 de Pamplona, el día 4 DE MARZO DE 2009 a las 10,00 horas, con los REQUISITOS siguientes:

PRIMERO.- REQUISITOS PARA PUJAR. Para tomar parte en la subasta los licitadores deberán identificarse. Declarar que conocen las condiciones de la subasta. Presentar resguardo de haber depositado en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en BANESTO CON EL NUMERO: 3188000052041607 o de haber prestado aval bancario por el 30% del valor por el que los bienes salen a subasta. (Si se realiza el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero se hará constar así en el resguardo)
SEGUNDO.- POSTURAS POR ESCRITO. Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado con las condiciones anteriores. Los sobres serán abiertos al inicio del acto de la subasta. Las posturas que contengan se harán públicas con las demás, surtiendo iguales efectos que las realizadas oralmente (Art. 648 L.E.C.).
TERCERO.- TITULACIÓN Y CARGAS. Por el mero hecho de participar en la subasta se entenderá que los postores aceptan como suficiente la titulación que consta en autos o que no existe titulación en su caso..
La certificación registral y, en su caso, la titulación de los bienes están de manifiesto en la Secretaría del Juzgado (Art. 668 y 669.2º L.E.C.)
CUARTO.- LICITADORES .Los acreedores, cuyos créditos hubieran resultado reconocidos en la lista definitiva, incluidos aquéllos que tengan reconocido privilegio especial sobre el bien objeto de subasta, tendrán a todos los efectos la condición de terceros, no siéndoles de aplicación lo dispuesto en el art. 647.2 y 3 de la LEC.
No obstante, si el adjudicatario fuere acreedor con privilegio especial sobre el bien ejecutado, aprobado el remate, podrá efectuarse por los liquidadores, el cálculo de la cantidad final que haya de consignarse, atendido su privilegio, los demás privilegios concurrentes sobre el bien subastado y la cantidad depositada para participar en la subasta. Practicada esta liquidación por los liquidadores deberá el adquiriente, consignar en su caso la diferencia dentro del plazo de los 20 dias siguientes a la notificación de la liquidación.
QUINTO.- CONDICIONES PARA LA APROBACIÓN DEL REMATE, POSTURAS ADMISIBLES.
1.- Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70% del valor por el que el bien ha salido a subasta se aprobará el remate a favor del mejor postor, quien dentro de los 20 días siguientes deberá consignar la diferencia entre lo depositado y el precio total del remate, con la salvedad prevista en el apartado anterior.
Conforme al Plan de Liquidación aprobado no se admitirán posturas que no alcancen el 70% del valor de tasación.
2.- Si sólo se hicieren posturas superiores al 70% del valor por el que el bien sale a subasta, pero ofreciendo pagar en plazos con garantías suficientes bancarias o hipotecarias podrá aprobarse el remate a favor de la mejor de estas posturas.
SEXTO.- DESTINO DE LOS DEPÓSITOS CONSTITUIDOS PARA PUJAR. Aprobado el remate se devolverá a los postores las cantidades depositadas a excepción de la correspondiente al mejor postor. Los demás postores podrán solicitar que las cantidades por ellos depositadas permanezcan a disposición del Tribunal para que, si el rematante no entregara en plazo el resto del precio, pueda aprobarse el remate a favor de los que le sigan, por el orden de sus respectivas posturas. (Art. 652 L.E.C.)
SEPTIMO.- QUIEBRA DE LA SUBASTA. Si el rematante no consignara el precio en el plazo señalado o si por su culpa dejara de tener efecto la venta, perderá el depósito que hubiere efectuado. (Art. 653 L.E.C.)
OCTAVO.- CANCELACION DE CARGAS. Adjudicado el bien, se librará mandamiento para la cancelación de todas las cargas anteriores a la declaración de concurso, así como de las posteriores, conforme a lo dispuesto en el art. 674.2 de la L.E.C. y al Plan de Liquidación aprobado
NOVENO.- El régimen fiscal de la enajenación, sea en subasta o por adjudicación, será el de aplicación a la misma del impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, salvo que el adquiriente manifieste con anterioridad o en el mismo acto que reúne la condición de sujeto pasivo por el impuesto sobre el valor añadido y que es su deseo la renuncia a la exención por dicho impuesto para que la transmisión quede sujetda al mismo, en cuyho caso a la hora de satisfacer el precio de la transmisión deberá aboner igualmente la cuota en ese momento vigente que corresponda a este último impuesto, que a efectos meramente informativos se hace constar que en la actualidad es del 16%

FINCA OBJETO DE LA SUBASTA:

Terreno industrial de 6.290,49 m2 y nave industrial de 1.500 m2, más otros 500 m2 destinados a oficinas y servicios, y otros 250 m2 destinados a pulido y pintura, todo ello según Registro, situados en OLAZAGUTIA (navarra). Poligono Arquinorruti s/n, que constituye la finca registral nº 2.317-N del tomo 3.828, libro 58 de Olazagutia, folio 94, del Registro de la Propiedad nº 3 de Pamplona, señalada como parcela n1 627 del poligono 5 del catastro de Olazagutía.




Pamplona/Iruña , a 15 de enero de 2009]

EL/LA SECRETARIO