lunes, 16 de noviembre de 2009

SUBASTA DE INMUEBLE EN CONCURSO DE SERAFÍN Y RAFA S.L.L.

LA SECRETARIA DEL Juzgado de lo Mercantil Nº 1DE Pamplona/Iruña

HAGO SABER: Que en este órgano judicial se siguen autos de Concursal ordinario , bajo el número 0000326/2008 , en el que se ha acordado sacar a pública subasta de una nave, que se describen en el cuerpo de este Edicto, que ha sido valorada INICIALMENTE para la subasta en: 268091,72 EUROS señalándose para que tenga lugar el acto, el día 17 de diciembre de 2009 a las 09:30 horas, en Sala de vistas Nº 13 (Planta 1) con los REQUISITOS siguientes:

PRIMERO.- REQUISITOS PARA PUJAR. Para tomar parte en la subasta los licitadores deberán identificarse. Declarar que conocen las condiciones de la subasta. Presentar resguardo de haber depositado en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en BANESTO CON EL NUMERO: 3188000052032608 o de haber prestado aval bancario por el 30% del valor por el que los bienes salen a subasta. (Si se realiza el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero se hará constar así en el resguardo)
SEGUNDO.- POSTURAS POR ESCRITO. Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado con las condiciones anteriores. Los sobres serán abiertos al inicio del acto de la subasta. Las posturas que contengan se harán públicas con las demás, surtiendo iguales efectos que las realizadas oralmente (Art. 648 L.E.C.).
TERCERO.- TITULACIÓN Y CARGAS. Por el mero hecho de participar en la subasta se entenderá que los postores aceptan como suficiente la titulación que consta en autos o que no existe titulación en su caso..
La certificación registral y, en su caso, la titulación de los bienes están de manifiesto en la Secretaría del Juzgado (Art. 668 y 669.2º L.E.C.)
CUARTO.- LICITADORES .Los acreedores, cuyos créditos hubieran resultado reconocidos en la lista definitiva, incluidos aquéllos que tengan reconocido privilegio especial sobre el bien objeto de subasta, tendrán a todos los efectos la condición de terceros, no siéndoles de aplicación lo dispuesto en el art. 647.2 y 3 de la LEC.
No obstante, si el adjudicatario fuere acreedor con privilegio especial sobre el bien ejecutado, aprobado el remate, podrá efectuarse por los liquidadores, el cálculo de la cantidad final que haya de consignarse, atendido su privilegio, los demás privilegios concurrentes sobre el bien subastado y la cantidad depositada para participar en la subasta. Practicada esta liquidación por los liquidadores deberá el adquiriente, consignar en su caso la diferencia dentro del plazo de los 20 dias siguientes a la notificación de la liquidación.
QUINTO.- CONDICIONES PARA LA APROBACIÓN DEL REMATE, POSTURAS ADMISIBLES.
1.- Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70% del valor por el que el bien ha salido a subasta se aprobará el remate a favor del mejor postor, quien dentro de los 20 días siguientes deberá consignar la diferencia entre lo depositado y el precio total del remate, con la salvedad prevista en el apartado anterior.
2.- Si sólo se hicieren posturas superiores al 70% del valor por el que el bien sale a subasta, pero ofreciendo pagar en plazos con garantías suficientes bancarias o hipotecarias podrá aprobarse el remate a favor de la mejor de estas posturas.
3.- Si la mejor postura ofrecida en la subasta es inferior al 70% del valor por el que el bien sale a subasta sólo se aprobará el remate a favor del mejor postor siempre que los liquidadores en el plazo de 10 días no presenten tercero que mejore la postura.
SEXTO.- DESTINO DE LOS DEPÓSITOS CONSTITUIDOS PARA PUJAR. Aprobado el remate se devolverá a los postores las cantidades depositadas a excepción de la correspondiente al mejor postor. Los demás postores podrán solicitar que las cantidades por ellos depositadas permanezcan a disposición del Tribunal para que, si el rematante no entregara en plazo el resto del precio, pueda aprobarse el remate a favor de los que le sigan, por el orden de sus respectivas posturas. (Art. 652 L.E.C.)
SEPTIMO.- QUIEBRA DE LA SUBASTA. Si el rematante no consignara el precio en el plazo señalado o si por su culpa dejara de tener efecto la venta, perderá el depósito que hubiere efectuado. (Art. 653 L.E.C.)
OCTAVO.- CANCELACION DE CARGAS. Adjudicado el bien, se librará mandamiento para la cancelación de todas las cargas anteriores a la declaración de concurso, así como de las posteriores, conforme a lo dispuesto en el art. 674.2 de la L.E.C.
FINCA A SUBASTAR

FINCA 34239 de Tudela, tomo 3017, libro 749, folio 30
Nave denominada 1.G situada en Tudela, en la carretera de Alfaro. Tiene una superficie de trescientos ochenta y cuatro metros cuadrados y linda: frente, vial de acceso; derecha entrando, nave 1.F; e izquierda y fondo, resto finca matriz. Es la parcela 382 del poligono 6


Pamplona/Iruña, a 30 de octubre de 2009

EL/LA SECRETARIO

SUBASTA EN CONCURS DE CARPINTERÍA HARDI S.L.

LA SECRETARIA DEL Juzgado de lo Mercantil Nº 1 DE Pamplona/Iruña

HAGO SABER: Que en este órgano judicial se siguen autos de Concursal Voluntario Abreviado , bajo el número 0000024/2007, en el que se ha acordado sacar a pública subasta en UN SOLO LOTE los bienes muebles , Que han sido evaluados a efectos de la subasta en 48810 euros , señalándose para que tenga lugar el acto en las dependencias de este órgano, el día 16 de diciembre de 2009 a las 10:00 horas, en Sala de vistas Nº 13 (Planta 1) con los REQUISITOS siguientes:

PRIMERO.- REQUISITOS PARA PUJAR. Para tomar parte en la subasta los licitadores deberán identificarse. Declarar que conocen las condiciones de la subasta. Presentar resguardo de haber depositado en la cuenta de depósitos y consignaciones de este juzgado EN BANESTO con el nº 3188000052002407 o de haber prestado aval bancario por el 20% del valor de tasación de los bienes. (Si se realiza el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero se hará constar así en el resguardo).
SEGUNDO.- POSTURAS POR ESCRITO. Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado con las condiciones anteriores. Los sobres serán abiertos al inicio del acto de la subasta. Las posturas que contengan se harán públicas con las demás, surtiendo iguales efectos que las realizadas oralmente (Art. 648 L.E.C.).
TERCERO.- LICITADORES.- Los acreedores cuyos créditos hubieran resultado reconocidos en la lista definitiva, tendrán a todos los efectos la condición de terceros, no siéndoles de aplicación lo dispuesto en el art. 647.2 y 3 de la LEC.
CUARTO.- CONDICIONES PARA LA APROBACIÓN DEL REMATE, POSTURAS ADMISIBLES.
1.- Cuando la mejor postura sea igual o superior al 50% del avalúo se aprobará el remate a favor del mejor postor, poniéndole en posesión de los bienes una vez que, dentro de los 10 días siguientes a la aprobación del remate, consigne el importe de su postura menos el del depósito.
2.- Si sólo se hicieren posturas superiores al 50% del avalúo, pero ofreciendo pagar en plazos con garantías suficientes bancarias o hipotecarias podrá aprobarse el remate a favor de la mejor de estas posturas.
3.- Si la mejor postura ofrecida en la subasta es inferior al 50% del avalúo sólo se aprobará el remate a favor del mejor postor siempre que; los liquidadores en el plazo de 10 días no presenten tercero que mejore la postura.
QUINTO.- DESTINO DE LOS DEPÓSITOS CONSTITUIDOS PARA PUJAR. Aprobado el remate se devolverá a los postores las cantidades depositadas a excepción de la correspondiente al mejor postor. Los demás postores podrán solicitar que las cantidades por ellos depositadas permanezcan a disposición del Tribunal para que, si el rematante no entregara en plazo el resto del precio, pueda aprobarse el remate a favor de los que le sigan, por el orden de sus respectivas posturas. (Art. 652 L.E.C.)
SEXTO.- QUIEBRA DE LA SUBASTA. Si el rematante no consignara el precio en el plazo señalado o si por su culpa dejara de tener efecto la venta, perderá el depósito que hubiere efectuado. (Art. 653 L.E.C.)


La composición de los bienes que integran el lote podrá ser consulatada en esta Secretaría.

Pamplona/Iruña, a 27 de octubre de 2009

EL/LA SECRETARIO


APERTURA DE FASE DE CONVENIO Y CONVOCATORIA DE JUNTA EN CONCURSO DE ROYAL DESIGN S.L.

El juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña


ANUNCIA

Que en el procedimiento concursal número 0000475/2008 referente al concursado ROYAL DESIGN SL , por auto de fecha 2 de noviembre de 2009 se ha acordado lo siguiente:

Poner fin a la fase común del presente concurso de la concursada ROYAL DESIGN SL

Abrir la fase de convenio.

Ordenar la convocatoria de la Junta de Acreedores de la entidad mercantil concursada ROYAL DESIGN SL a celebrar el el día 29 de enero de 2010 a las 12:00 horas, en Sala de vistas Nº 13 (Planta 1)
Quienes comparezcan a la Junta en nombre de un acreedor deberán aportar además del documento que conste la condición que le faculta para actuar en nombre de dicho acreedor, fotocopia del citado documento.

Hasta cuarenta días naturales antes del señalado para la celebración de la Junta el deudor o los acreedores cuyos créditos superen, conjunta o individualmente, una quinta parte del total del pasivo resultante de la lista definitiva, podrán presentar propuesta de convenio.

Anúnciese la convocatoria, expresándose en los edictos que los acreedores podrán adherirse a la propuesta de convenio, una vez que, en su caso, se presente propuesta de convenio y que sea admitida a trámite y quede de manifiesto en la secretaría de este Juzgado el escrito de evaluación sobre su contenido, que deberá emitir el administrador concursal, así como que la adhesión deberá hacerse en la forma prevista en el art. 103.2 y 3 de la Ley Concursal


En Pamplona/Iruña , a 2 de noviembre de 2009

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL

CONCLUSIÓN DE CONCURSO POR INEXISTENCIA DE BIENES Y DERECHOS REALIZABLES DE DYCEM CASAS S.L.

El Juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña


ANUNCIA

Que en el procedimiento concursal número 0000484/2009 referente al concursado DYCEM CASAS SL[e3] , por auto de fecha 2 de noviembre de 2009 se ha acordado lo siguiente:



1º) Acordar la conclusión del concurso voluntario de acreedores de la entidad DYCEM CASAS S.L

2º) Acordar el cese del administrador concursal y de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor concursado.

3º) Inscríbase la presente resolución en la hoja abierta a la referida sociedad en el Registro Mercantil de Navarra. A tal fin, expídase mandamiento a dicho registro público con expresión de la firmeza de esta resolución.

4º) Acordar la extinción de la referida sociedad y disponer el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Navarra, a cuyo efecto expídase mandamiento conteniendo testimonio de la presente resolución.

Notifíquese la presente a las partes personadas y publíquese GRATUITAMENTE en el Boletín Oficial del Estado.



En Pamplona/Iruña , a 3 de noviembre de 2009

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL

CONCLUSIÓN DE CONCURSO POR INEXISTENCIA DE BIENES Y DERECHOS REALIZABLES DE INMOCANADIAN S.L.

El juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña[e1]


ANUNCIA

Que en el procedimiento concursal número 0000485/2009 referente al concursado INMOCANADIAN SL , por auto de fecha 2 DE NOVIEMBRE DE 2009 se ha acordado lo siguiente:


1º) Acordar la conclusión del concurso voluntario de acreedores de la entidad INMOCANADIAN S.L

2º) Acordar el cese del administrador concursal y de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor concursado.

3º) Inscríbase la presente resolución en la hoja abierta a la referida sociedad en el Registro Mercantil de Navarra. A tal fin, expídase mandamiento a dicho registro público con expresión de la firmeza de esta resolución.

4º) Acordar la extinción de la referida sociedad y disponer el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Navarra, a cuyo efecto expídase mandamiento conteniendo testimonio de la presente resolución.

Notifíquese la presente a las partes personadas y publíquese GRATUITAMENTE en el Boletín Oficial del Estado.

Entréguense los despachos al Procurador de la concursada para que cuide de su diligenciamiento.

Hágase saber el contenido de la presente resolución al Juzgado Decano de esta ciudad para su comunicación a los Juzgados de lo Social y de 1ª Instancia a los efectos procedentes.







En Pamplona/Iruña , a 3 de noviembre de 2009

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL

PRESENTACIÓN DE INFORME EN CONCURSO DE URKIERREKA ZERBITZU TURISTIKOAK S.L.

El Juzgado de lo Mercantil de Pamplona nº 1 .


ANUNCIA


1.- Que en el procedimiento concursal número 0000512/2009 referente al deudor URKIERREKA ZERBITZU TURISTIKOAK SL con C.I.F.: B31886179 , se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

2.-En resoluciòn de esta misma fecha se ha acordado comunicar la presentaciòn de dicho informe en el Tablón de anuncios del Juzgado, asi como en el BOE

Dentro del plazo de DIEZ DIAS, computado desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el B.O.E., cuyos destinatarios son todos los acreedores no personados en el presente concurso de la entidad concursada, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil..


3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.

Dado en Pamplona/Iruña , a 11 de noviembre de 2009 .

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL

PRESENTACIÓN DE INFORME EN CONCURSO DE PAPELERÍA Y MOBILIARIO S.A.

El Juzgado de lo Mercantil de Pamplona nº 1 .


ANUNCIA


1.- Que en el procedimiento concursal número 0000530/2009 referente al deudor PAPELERÍA y MOBILIARIO S.A. con C.I.F.: A31118334 , se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

2.- En resoluciñon de esta misma fecha se ha acordado comunicar la presentaciòn de dicho informe en el Tablón de anuncios del Juzgado, así como en el BOE .

Dentro del plazo de DIEZ DIAS, computado desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el B.O.E., cuyos destinatarios son todos los acreedores no personados en el presente concurso de la entidad concursada, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil..


3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.

Dado en Pamplona/Iruña , a 6 de noviembre de 2009 .

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL

APERTURA DE LIQUIDACIÓN EN CONCURSO DE PROCESOS LASER AUXILIARES DE NAVARRA S.L.

El juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña


ANUNCIA

Que en el procedimiento concursal número 0000489/2008 referente al concursado PROCESOS LASER AUXILIARES DE NAVARRA S L , por auto de fecha 2 de Noviembre de 2009 se ha acordado lo siguiente:

1.- Poner fin a la fase común del concurso voluntario de la entidad PROCESOS LASER AUXILIARES DE NAVARRA S L

2.- Abrir la fase de liquidación

3.- Declarar la disolución de la referida sociedad

4.- La situación del concursado durante la fase de liquidación será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el titulo III de la Ley Concursal.

5.- Acordar el cese de los administradores sociales y su sustitución por los administradores concursales designados en este procedimiento

6.- Fórmese la sección sexta de este procedimiento concursal, que comprenderá lo relativo a la calificación del concurso y sus efectos.

Dentro de los DIEZ DIAS , siguientes a la publicación de esta resolución en el B.O.E., cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la Sección de Calificación alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

En Pamplona/Iruña , a 2 de noviembre de 2009

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL

APERTURA DE LIQUIDACIÓN ANTICIPADA EN CONCURSO DE EZCURDIA SERVICIOS INTEGRALES S.L.

El Juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña


ANUNCIA

Que en el procedimiento concursal número 0000395/2009 referente al concursado EZCURDIA SERVICIOS INTEGRALES SL , por auto de fecha 3 de noviembre de 2009 se ha acordado lo siguiente:

1.- Aprobar la liquidación Anticipada en el concurso de la entidad EZCURDIA SERVICIOS INTEGRALES SL , que se tramitará en la Sección 5ª

2.- Acordar la apertura de la fase de liquidación con todos los efectos previstos en la Ley Concursal

3.- Aprobar la propuesta de liquidación presentada por la entidad en concurso introduciendo en la misma la primera de las modificaciones propuestas por la Administración concursal.

4.- Declarar la disolución de la referida sociedad.

5.- Acordar la suspensión del órgano de Administración de la referida sociedad en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio social, con todos los efectos establecidos para ella en el titulo III de la Ley Concursal.

6.- Acordar el cese de los administradores sociales y su sustitución por el administrador concursal designados en este procedimiento

7.- Fórmese la sección sexta de este procedimiento concursal, que comprenderá lo relativo a la calificación del concurso y sus efectos.

Dentro de los CINCO DIAS siguientes a la última publicación de esta resolución cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la Sección de Calificación alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

En Pamplona/Iruña , a 3 de noviembre de 2009
EL/LA SECRETARIO JUDICIAL


DECLARACIÓN DE CONCURSO DE ZARAZ CONSTRUCCIONES Y URBANIZACIONES S.L. CIF. 31202906

EL JUZGADO DE LO MERCANTIL DE PAMPLONA/IRUÑA


A N U N C I A

1º.- Que en el procedimiento número 0000663/2009 , por auto de fecha 5 de noviembre de 2009 se ha declarado en concurso de materia Voluntaria al deudor ZARAZ CONSTRUCCIONES Y URBANIZACIONES SL con C.I.F. B31202906 , con domicilio en POLIGONO AGUSTINOS, CALLE B, EDIFICIO LOS ABETOSNº 28-2º PAMPLONA y cuyo centro de principales intereses lo tiene en PAMPLONA .

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de UN MES a contar desde el siguiente día a la publicación del auto Declarando el Concurso en el Boletín Oficial del Estado.

4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).


En Pamplona/Iruña a 5 de noviembre de 2009



EL/LA SECRETARIO JUDICIAL


ADMINISTRADORES CONCURSALES:
JOSÉ FRANCISCO LÓPEZ DE LA PEÑA SALDÍAS. TFNO. 948226707.
LUIS FELIPE CASADO ALCALDE. TFNO. 948245254.
ELÍAS ELIZALDE FERNÁNDEZ.

DECLARACIÓN DE CONCURSO DE INDUSTRIAS ABRASIVAS LEY S.L. CIF B31101835

EL JUZGADO DE LO MERCANTIL DE PAMPLONA/IRUÑA

A N U N C I A

1º.- Que en el procedimiento número 0000581/2009 , por auto de 12 de noviembre se ha declarado en concurso voluntario al INDUSTRIAS ABRASIVAS LEY S.L., con domicilio en Carcastillo (Navarra) cuyo centro de principales intereses lo tiene en Carcastillo y con C.I.F.:B31101835

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el QUINCE DIAS a contar desde el siguiente día a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso.

4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).


En Pamplona/Iruña a 12 de noviembre de 2009



EL/LA SECRETARIO JUDICIAL


ADMINISTRADOR CONCURSAL: LUIS Mª GOÑI JIMÉNEZ. TFNO. 948702712

DECLARACIÓN DE CONCURSO DE VEHÍCULOS NAGOLA S.A. CIF A53905212

EL JUZGADO DE LO MERCANTIL DE PAMPLONA/IRUÑA

A N U N C I A

1º.- Que en el procedimiento número 0000607/2009 , por auto de fecha 5 de noviembre de 2009 se ha declarado en concurso de materia Voluntaria al deudor VEHICULOS NAGOLA SA con C.I.F. A53905212 , con domicilio en INDUSTRIAL TALLUNTXE II CALLE D NAVE 17-19, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en NOAIN .

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.


3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de QUINCE DIAS a contar desde el siguiente día a la publicación del auto Declarando el Concurso en el Boletín Oficial del Estado.

4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).


En Pamplona/Iruña a 5 de noviembre de 2009



EL/LA SECRETARIO JUDICIAL

ADMINISTRADOR CONCURSAL:
Mª JOSÉ ELCARTE OLIVA. TFNO. 948227585

lunes, 2 de noviembre de 2009

APERTURA DE LIQUIDACIÓN EN CONCURSO DE TRANSPORTES ANCIANO HERMANOS S.L.

El juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña


ANUNCIA

Que en el procedimiento concursal número 0000161/2008 referente al concursado "TRANSPORTES ANCIANO HERMANOS S.L.", CON cif: B31141419 , por auto de fecha 21 DE OCTUBRE DE 2001 se ha acordado lo siguiente:

1.- Poner fin a la fase común del concurso Necesario de la entidad "TRANSPORTES ANCIANO HERMANOS S.L."

2.- Abrir la fase de liquidación

3.- Declarar la disolución de la referida sociedad

4.- La situación del concursado durante la fase de liquidación será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el titulo III de la Ley Concursal.

5.- Acordar el cese de los administradores sociales y su sustitución por los administradores concursales designados en este procedimiento

6.- Fórmese la sección sexta de este procedimiento concursal, que comprenderá lo relativo a la calificación del concurso y sus efectos.

Dentro de los DIEZ DIAS , siguientes a la última publicación de esta resolución cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la Sección de Calificación alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

En Pamplona/Iruña, a 21 de octubre de 2009

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL

APERTURA DE LIQUIDACIÓN EN CONCURSO DE RESTAURANTE NAVAS DE TOLOSA S.L.

El juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña


ANUNCIA

Que en el procedimiento concursal número 0000201/2009 referente al concursado RESTAURANTE NAVAS DE TOLOSA SL, por auto de fecha 8 de octubre de 2009 se ha acordado lo siguiente:

1.- Poner fin a la fase común del concurso voluntario de la entidad RESTAURANTE NAVAS DE TOLOSA SL

2.- Abrir la fase de liquidación

3.- Declarar la disolución de la referida sociedad

4.- La situación del concursado durante la fase de liquidación será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el titulo III de la Ley Concursal.

5.- Acordar el cese de los administradores sociales y su sustitución por los administradores concursales designados en este procedimiento

6.- Fórmese la sección sexta de este procedimiento concursal, que comprenderá lo relativo a la calificación del concurso y sus efectos.

Dentro de los CINCO dias, siguientes a la última publicación de esta resolución cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la Sección de Calificación alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

En Pamplona/Iruña , a 8 de octubre de 2009

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL

APERTURA DE LIQUIDACIÓN EN CONCURSO DE MADERAS ERQUICIA S.L.

El juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña


ANUNCIA

Que en el procedimiento concursal número 0000057/2009 referente al concursado MADERAS ERQUICIA S.L. , por auto de fecha 30 DE OCTUBRE se ha acordado lo siguiente:

1.- Poner fin a la fase común del concurso voluntario de la entidad MADERAS ERQUICIA SL

2.- Abrir la fase de liquidación

3.- Declarar la disolución de la referida sociedad

4.- La situación del concursado durante la fase de liquidación será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el titulo III de la Ley Concursal.

5.- Acordar el cese de los administradores sociales y su sustitución por los administradores concursales designados en este procedimiento

6.- Fórmese la sección sexta de este procedimiento concursal, que comprenderá lo relativo a la calificación del concurso y sus efectos.

Dentro de los DIEZ DÍAS siguientes a la última publicación de esta resolución cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la Sección de Calificación alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

En Pamplona/Iruña , a 30 de octubre de 2009

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL

CONCLUSIÓN DEL CONCURSO DE TECIRUÑA S.L.

EL JUZGADO DE LO MERCANTIL DE PAMPLONA/IRUÑA
A N U N C I A

Que en el procedimiento número 108/2009, por auto de 2 de octubre se ha acordado lo siguiente:

1º) La conclusión del concurso voluntario de acreedores de la entidad TECIRUÑA S.L.

2º) El cese del administrador concursal y de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor concursado, así como la aprobación de las cuentas presentadas por el administrador.

3º) La inscripción de la resolución en la hoja abierta a la referida sociedad en el Registro Mercantil de Navarra.

4) La extinción de la referida sociedad y el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Navarra


En Pamplona/Iruña a 2 de octubre de 2009